jueves, 12 de mayo de 2011

Los principios de la Bioética

Hola a todos! Lo primero decir, que siento el retraso de la publicación del post, pero he tenido ciertos problemas técnicos, como sabeis el mundo del blog es aún un gran desconocido para mi, voy a tener que hacer un curso intensivo, jejeje.

Por otra parte decir que el tema ha sido elegido por varios motivos, el primero y principal porque creo que es necesario romper con ciertos tabúes que corren acerca de la bioética, la dignidad ante la muerte y los cuidados paliativos, y el segundo porque actualmente el Gobierno se ha pronunciado sobre el tema y parece que van a crear una ley para regular ciertos aspectos referentes a la bioética y la muerte digna. Supongo que como en todo, cada uno tendreís vuestra opinión y con este post no voy a tratar de modificarla, simplemente acercar un poco los conceptos teóricos para que luego cada uno fundamente sus opiniones. El tema da para mucho, asi que postearemos durante unas semanas, pero para empezar quiero centrarlo en los 4 pilares que rigen la bioética. Como siempre, espero vuestras opiniones. Decir también, que en este caso, vamos a citar los 4 principios de la bioética formulados por los autores Beauchamp y Childress en su libro Principios de Ética Biomédica, publicado en 1979.

La mayor parte de las teorías y sistemas éticos contienen principios para la toma de decisiones y la deliberación moral. Estos principios son pautas de actuación o criterios orientativos para el buen comportamiento personal y el correcto ejercicio y desarrollo profesional. Tomando esta doble idea como punto de partida, vamos a centrar nuestra atención en los principios éticos que pueden aplicarse a la práctica de las profesiones sociosanitarios y , en concreto, al ámbito asistencial que nos ocupa, el de los ancianos.

a) Principio de no maleficencia:

Este principio reocge la clásica consigna de la ética médica: primum non nocere, lo primero es no hacer daño. Nos obliga a respetar la integridad física y psicológica de la vida humana y a no hacer nada que ocasione daño al paciente o cuya razón riesgo/beneficio no sea adecuada. Su contenido viene definido en gran parte por la buena práctica médica y asistencial. El daño intencionado, los malos tratos, la no alimentación adecuada, la mala praxis asistencial, ... son prácticas que claramente atentan contra este principio.

La no maleficencia incluye, a su vez, la capacitación profesional.De tal modo que, si causamos un daño a la persona mayor por nuestra mala preparación, formación o falta de habilidades, estamos siendo maleficientes. En este caso y relacionado con lo anterior, también hablamos de no maleficencia en el caso de evitar que otros causen daño al residente.

b) Principio de beneficencia:

Se trata de la obligación moral de hacer el bien, que se concreta en la obligación de actuar en beneficio de otros. Este principio vincula a todas las personas que desarrollan su trabajo o profesión atendiendo a personas mayores. Los Códigos Deontológicos de estas profesiones establecen la razón de ser de estas profesiones: procurar el bien del otro a través del ejercicio de su profesión.

La beneficencia exige tener predisposición hacia el bien de la persona que atendemos. De algún modo, nos llama a preocuparnos por su bien, a poner interés en su cuidado. Lógicamente, hacer el bien a una persona presupone un cierto conocimiento de la misma y una actitus de ``acercamiento´´ del profesional a la persona atendida. Por ello, no vale con ser buena persona, es necesario formarse adecuadamente en actitudes y habilidades de escucha activa, de empatía, de comunicación no verbal, ... Si no escuchamos el cuerpo y el alma del mayor, difícilmente vamos a saber qué necesidades muestra. En el trato con los mayores hay que hacer lo posible por asegurar su bienestar, extremar los beneficios y minimizar los posibles riesgos.

c) Principio de autonomía:

La autonomía es la capacidad de autogobernarse, de elegir libremente. Y en virtud de esa capacidad que toda persona tiene, el principio de autonomía obliga al profesional a respetar los valores y opciones personales de cada individuo en aquellas decisiones básicas que le atañen. En la práctica cotidiana, todo acto de cuidado debe ir impregnado de la oportuna información a la persona mayor acerca de lo que se hace y por qué se hace. Debe ser una onformación clara y comprensible, ya se refiera a una operación, a la participación en una actividad de la residencia o a la petición de su consentimiento para participar en la realización de test psicológicos.

Mientras no se demuestre lo contrario, toda persona tiene derecho a decidir sobre cualesquiera prácticas y decisiones que tengan relación con su vida. El principio de autonomía no es un principio pasivo para los que rodeamos a nuestros mayores. Nos obliga a favorecer que sean autónomos.

El principio se concreta en la filosofía del consentimiento informado y tiene que ver también con el respeto a la intimidad del residente y a las voluntades anticipadas, entre otras cosas.

d) Principio de justicia:

Nos obliga a tratar a todos por igual, a no discriminar a nadie por razones sociales, de edad, de sexo, de enfermedad, etc. Y nos impine también el deber de distribuir los recursos y la accesibilidad a los mismos de forma equitativa, protegiendo a los más necesitados.

En una residencia no podemos otorgar privilegios o distinto trato a un residente sobre otro en función de su capacidad, simpatía, enfermedad, etc. Y en cuanto a los recursos económicos, nos obliga a ser justos en su distribución.

En el desarrollo de la bioética, diversos autores han señalado otros principios como son:

-Principio de verdad: a los ancianos y a la familia se le debe dar información veraz, progresiva y sin contradicciones

-Principio de discreción: el personal sanitario debe respetar el secreto de las confidencias hechas por los mayores

-Principio de subsidiariedad: la sociedad no debe suplantar la libre iniciativa de las personas

Finalmente añadir, que tanto el principio de no maleficencia como el de justicia tienen carácter público y, por tanto, determinan nuestros deberes para con todos y cada uno de los seres humanos. Por el contrario, el principio de beneficencia y el de autonomía marcan el espacio privado de cada persona, que ésta puede y debe gestionar de acuerdo con sus propias creencias e ideales de vida.

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